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Novedades en las obligaciones tributarias para los autónomos en este 2024

Para los trabajadores autónomos y las empresas o sociedades las obligaciones tributarias han variado en este 2024.

Por eso es recomendable mantenerse informado sobre los cambios y poder realizar una correcta planificación financiera y fiscal.

La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 se adelanta, ya que comenzará el 3 de abril de 2024.

Obligaciones de declarar en 2024

El mínimo de ingresos brutos anuales a partir del cual cualquier trabajador está obligado a presentar la declaración de la renta son 22.000 euros o 15.000 euros cuando tenga más de un pagador, siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superen 1.500 euros anuales.

Todos los que hayan estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar deberán presentar la declaración de la renta, con independencia de los ingresos obtenidos.

Además, quienes cuenten con criptomonedas en el extranjero por valor de más de 50.000 euros, tienen obligación de declararlas, presentando el modelo 720 entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.

Las plataformas digitales, como Wallapop o Airbnb deberán informar a la Agencia Tributaria sobre las ventas online hechas tanto por profesionales como por particulares. En principio, sólo las de quienes superen 30 ventas o 2.000 euros anuales. 

En cuanto a los autónomos

Los autónomos que tributan al IRPF por módulos, el sistema de estimación objetivo, verán disminuida del 10% aplicado en los dos últimos años al 5% la reducción sobre el rendimiento neto para calcular la base imponible del impuesto.

Para compensar el incremento de los costes, se mantienen algunas de las reducciones que venían aplicándose en 2022 y 2023 a las actividades agrícolas y ganaderas. Lo mismo acurre con las actividades económicas desarrolladas en la isla de La Palma y en el termino municipal de Lorca para paliar las consecuencias de los desastres naturales.

El IVA de los alimentos básicos se mantiene hasta el 30 de junio al 0% y subirá del 5 al 10% el IVA de la electricidad.

A partir de 2024, las empresas necesitarán una certificación emitida por entidad acreditada para no tributar por el Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables.

 Destacar que en el IRPF es posible deducirse el 15% del precio satisfecho por la compra de un coche eléctrico antes del 31 de diciembre de 2024, con el límite de 20.000 euros.

Se mantiene la deducción del 60% sobre las cantidades invertidas para obras de rehabilitación y eficiencia energética en edificios de uso residencial.

Para fomentar el mecenazgo y la inversión, se han incrementado las deducciones en el IRPF por donativos.

Fuente:cincodias.elpais.com

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