La Unión Europea promueve de manera habitual algunos programas de apoyo a las pymes. Por ese motivo son muchos los que están detrás de estas pequeñas y medianas empresas y quieren acceder a la posibilidad de crecer en la Unión Europea.
Pero para emprender en otro país de la Unión Europea es necesario conocer su realidad con respecto a los impuestos. Saber a qué se expone una empresa cuando intenta expandirse es clave para su futuro éxito.
Dentro de las normas de cada país existen diferentes tipos de IVA que se pueden aplicar según las circunstancias y normas propias del lugar europeo del que se trate:
- El tipo de IVA normal, que es el que se aplica al suministro de la gran mayoría de bienes y servicios en cualquier país europeo. Y, dependiendo del lugar, será un porcentaje u otro, pero nunca puede ser inferior al 15%.
- El tipo de IVA reducido, que puede aplicarse al suministro de bienes y servicios más específicos, aunque pertenecientes a una lista general a nivel europeo de tipos de IVA. También hay una norma general al respecto, que es que nunca puede ser inferior al 5%.
- Los tipos especiales de IVA, que son solo posibles para algunos países de la Unión Europea que están autorizados a aplicarlos a determinados suministros. Hay tres tipos especiales de IVA, que son: el superreducido, que es inferior al 5% y se aplica a la venta de una lista limitada de bienes y servicios en países muy concretos de la UE; el tipo Cero, que básicamente significa que el consumidor no tiene que pagar nada de IVA; y el tipo Parking o tipo Intermedio, que no pueden ser inferiores al 12% a cambio de no tener que aplicar, en ningún caso, el tipo de IVA normal.
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Fuente: cincodias.elpais.com