Las gestorías administrativas son piezas clave para garantizar que personas y empresas cumplan con sus obligaciones legales y administrativas de forma correcta y a tiempo. Aunque cada despacho puede especializarse en distintas áreas, hay una serie de trámites esenciales que toda gestoría debe ofrecer o dominar
1. Trámites fiscales y contables
Presentación de impuestos (IVA, IRPF, Sociedades, etc.)
Altas, bajas y modificaciones censales ante la AEAT
Elaboración y presentación de declaraciones trimestrales y anuales
2. Trámites laborales y de Seguridad Social
Altas, bajas y variaciones en la Seguridad Social (Sistema RED)
Elaboración de nóminas y seguros sociales
Comunicaciones de contratos y despidos al SEPE
3. Trámites mercantiles
Constitución de sociedades y registro en el Registro Mercantil
Actualización de estatutos, ampliaciones de capital y disoluciones
Depósito de cuentas anuales
4. Trámites de tráfico y transporte
Transferencias de vehículos
Renovación de permisos y matriculaciones
Gestiones ante la DGT para empresas de transporte
5. Trámites ante administraciones públicas
Licencias, certificados y autorizaciones
Solicitud de ayudas y subvenciones
Representación ante organismos oficiales
Una gestoría eficaz no solo tramita documentos, sino que garantiza seguridad jurídica y ahorro de tiempo a sus clientes.
Aplazar o fraccionar un pago con la Agencia Tributaria no condona la deuda, solo retrasa su pago. Es una herramienta útil si no puedes asumir el pago en el momento, pero tiene condiciones e intereses.
Opciones principales
Fraccionamiento (pago en plazos): por ejemplo, la opción estándar para la Renta permite dividir el pago en plazos (modalidades como 60% + 40%). Algunas modalidades de fraccionamiento pueden ser gratuitas o con condiciones distintas.
Aplazamiento (retrasar la deuda): puedes solicitar que Hacienda te permita pagar más adelante en uno o varios plazos; esto suele llevar aparejado el pago de intereses.
Límite sin garantías
Desde 15/04/2023, se puede solicitar aplazamiento sin aportar garantías para deudas cuyo importe conjunto no exceda los 50.000 € (Orden HFP/311/2023). Para importes superiores suele exigirse aval o garantía.
Intereses y plazos
El aplazamiento suele aplicarse con interés de demora. Para 2025 el interés de demora vigente es aproximadamente 4,0625% anual; el interés legal del dinero (más bajo) está en torno al 3,25% y puede aplicarse si se presta garantía. Comprueba el tipo vigente en cada año porque puede cambiar.
Los plazos máximos automatizados (sin garantías) varían: instrucción de 2023 amplió plazos máximos (personas físicas hasta 24 meses; personas jurídicas plazos distintos en ciertos supuestos) — la AEAT publica las condiciones concretas según el caso.
¿Cómo pedirlo? (pasos rápidos)
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás identificación: certificado/DNIe, Cl@ve o eIDAS.
Busca la gestión “Solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas” y completa el formulario correspondiente.
Indica importe, plazo que propones, cuenta bancaria para domiciliación y, si procede, aporta garantías (si la deuda supera 50.000 €).
Envía la solicitud y conserva el justificante; Hacienda te comunicará su resolución o las condiciones aceptadas (plazos y tipo de interés).
Consejos y advertencias
No esperes a que te notifiquen un ingreso ejecutivo. Solicitar aplazamiento antes evita embargos y recargos mayores.
Si aceptas aplazar, revisa bien el tipo de interés y la duración: a veces es preferible fraccionar (cuando es posible) porque puede salir más barato.
Incumplir un aplazamiento (no pagar las cuotas) puede suponer la revocación del acuerdo y el inicio de medidas de recaudación forzosa.
Ten a mano la documentación económica que acredite motivos (si solicitas aplazamiento por causa justificada) y negocia plazos realistas.
Emprender en Galicia es una oportunidad única: tienes apoyo institucional, ayudas económicas y una red de asesoramiento sólida. Aquí te explico los principales pasos que debes seguir para poner en marcha tu negocio con éxito.
1. Define tu idea y modelo de negocio
Antes de empezar con los trámites, debes tener claro qué vas a ofrecer y a quién:
Producto o servicio: ¿qué vendes y qué problema resuelves?
Público objetivo: ¿quién va a comprártelo?
Estrategia de precios y ventas
Plan de negocio: recoge la inversión necesaria, previsión de gastos e ingresos, y análisis de competencia.
Consejo: Puedes pedir ayuda gratuita a entidades como:
IGAPE (Instituto Galego de Promoción Económica)
Cámaras de Comercio de Galicia
Viveros de empresas municipales (ej. Coruña, Vigo, Lugo)
2. Elige la forma jurídica más adecuada
Dependerá de si emprendes solo o con socios, y del tamaño que quieres alcanzar:
Forma Jurídica
Ideal para
Capital mínimo
Responsabilidad
Autónomo
Una persona
No requiere
Ilimitada
Sociedad Limitada (SL)
Varios socios
3.000 €
Limitada al capital
Cooperativa
Proyectos sociales o colectivos
Variable
Limitada
Sociedad Anónima (SA)
Grandes empresas
60.000 €
Limitada
3. Registra tu empresa y obtén tu NIF
Una vez elegida la forma jurídica, toca legalizarla:
Reserva el nombre en el Registro Mercantil Central.
Redacta los estatutos y firma la escritura ante notario.
Inscríbela en el Registro Mercantil provincial (A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra).
Solicita tu NIF provisional y definitivo en la Agencia Tributaria.
Estos pasos formalizan tu empresa legalmente.
4. Alta en Hacienda y Seguridad Social
Ya puedes darte de alta para operar:
En Hacienda, mediante el modelo 036 o 037, declaras tu actividad (CNAE) y obligaciones fiscales.
En la Seguridad Social, te das de alta como autónomo (RETA) o inscribes la empresa si tendrás empleados.
Si usas local físico, tramita la licencia de apertura y actividad en tu ayuntamiento.
5. Cumple con la normativa obligatoria
No olvides estos requisitos legales:
Libro de visitas electrónico
Prevención de riesgos laborales (si tienes personal)
Protección de datos (LOPDGDD) si manejas datos de clientes
Licencias municipales (apertura, obras, sanidad, etc. según tu actividad)
Consulta en tu ayuntamiento qué licencias necesitas según el tipo de negocio (comercio, hostelería, servicios…).
6. Busca ayudas y financiación
Galicia ofrece múltiples programas para nuevos negocios:
IGAPE: préstamos blandos, subvenciones y asesoramiento.
Xunta de Galicia: convocatorias anuales para autónomos y PYMES.
Cámaras de Comercio: formación y apoyo a la internacionalización.
Grupos de Desenvolvemento Rural (GDR): si tu proyecto está en zonas rurales.
7. Crea tu marca y promoción
Una vez listo lo legal, toca darte a conocer:
Diseña tu identidad visual (nombre, logo, colores).
Crea una web y perfiles sociales.
Regístrate en Google Business.
Usa redes sociales y publicidad local.
Participa en ferias, eventos y redes de emprendedores (ej. Galicia Emprende).
La visibilidad es clave para tus primeros clientes.
Darse de baja en la Seguridad Social en España significa dejar de estar dado de alta como trabajador o autónomo, y tiene varias consecuencias importantes que dependen de tu situación (asalariado, autónomo, pensionista).
Aquí te lo explico de forma clara:
Qué significa darse de baja
Trabajador asalariado: normalmente lo tramita la empresa cuando finaliza tu contrato.
Autónomo: tú mismo gestionas la baja en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Otros regímenes: por ejemplo, empleadas de hogar, también hay que tramitarlo.
Consecuencias de la baja
1. Dejas de cotizar
Pierdes el derecho a acumular días para jubilación o prestaciones futuras.
Si estabas de alta como autónomo, dejas de pagar la cuota mensual.
2. Cobertura sanitaria
En España, la sanidad sigue siendo universal en la mayoría de los casos.
Sin embargo, si no trabajas ni cobras prestación, pasas a estar cubierto como beneficiario (por ejemplo, a través de tu pareja o como persona sin recursos mediante el sistema sanitario).
Si vives en el extranjero, podrías perder el derecho a la tarjeta sanitaria europea.
3. Prestaciones y subsidios
Si te das de baja voluntariamente como trabajador por cuenta propia y no hay cese de actividad reconocido, no puedes cobrar el paro de autónomos.
Si eres asalariado y te despides voluntariamente, no puedes cobrar el paro (salvo que encuentres otro trabajo de al menos 3 meses y te despidan).
4. Otros derechos
Pierdes bonificaciones, ayudas o subvenciones ligadas a estar de alta (por ejemplo, tarifa plana de autónomos, ayudas por formación).
Cuándo puede ser buena idea
Si eres autónomo y no tienes ingresos → evitar pagar la cuota innecesariamente.
Si vas a dejar de trabajar temporalmente y no necesitas cotizar en ese período.
Riesgos de no hacerlo bien
Si no tramitas la baja a tiempo, sigues generando obligaciones de pago (en el caso de autónomos, seguirían cobrándote la cuota).
Podrías tener problemas con Hacienda y Seguridad Social por incongruencias en tus declaraciones.
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