¿Es posible para los autónomos solicitar el ingreso mínimo vital?

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El Ingreso Mínimo Vital es una prestación pensada para asegurar que ningún individuo o familia en España se encuentre por debajo de un umbral mínimo de ingresos necesario para vivir dignamente.

El IMV está dirigido a cualquier residente legal en España que cumpla con los requisitos de ingresos y patrimonio establecidos por la legislación vigente.

Los autónomos que deseen solicitar el IMV deben cumplir con los requisitos de ingresos y patrimonio establecidos por la ley, al igual que cualquier otro solicitante.

La cantidad exacta que se recibe a través del IMV varía según las circunstancias familiares y los ingresos totales del solicitante. Para el año 2024, las cantidades mensuales oscilan entre 604,21 euros para un beneficiario individual y 1,329,27 euros para una familia compuesta por un adulto y cuatro o más menores.

Los autónomos pueden utilizar el simulador de la Seguridad Social para determinar si cumplen con los requisitos para recibir el IMV y pueden solicitarlo de varias maneras, ya sea de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o por correo.

Fuente: cincodias.elpais.com

El absentismo laboral cuesta 135.000 millones al año

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Cepyme, la patronal de la pequeña y mediana empresa ha alertado del grave problema que supone en España el absentismo, lo que supone la pérdida de 135.000 millones de euros al año y golpean de manera especial a las empresas con muy pocos trabajadores.

Según Ángel Nicolás, vicepresidente de la Cepyme ha explicado en una jornada organizada por la organización “hemos pasado de una tasa de absentismo del 5% antes de la pandemia al 7% ahora, con un mayor porcentaje entre los 16 y los 45 años».

Además, Nicolás ha apuntado como una de las causas al colapso en los servicios de salud en la gestión de las bajas por incapacidad temporal. «En Alemania un constipado dura cuatro días y en España son veinte». Los costes directos son de 12.500 millones, pero además el coste indirecto para cubrir vacantes asciende a otros 49.750 millones.

Para Valentín Bote Álvarez-Carrasco, director de Randstad Research, en una década el número de horas perdidas por bajas médicas se ha duplicado», insistiendo en que «no se trata de un problema de que ahora nos pongamos más enfermos que antes». 

Todos estos datos se producen de forma paralela a la intención del Ministerio de Trabajo de llegar a un acuerdo con la patronal y los sindicatos para la reducción de jornada a 38.5 horas este año y 37,5 horas semanales para 2025.

Fuente: eleconomista.es

El nuevo modelo de la reforma del desempleo amplía la prestación a nuevos colectivos

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La vicepresidenta segunda del Gobierno alcanzó un nuevo acuerdo con los sindicatos para poner en marcha la reforma del subsidio por desempleo que entrará en vigor en noviembre y que elevará la prestación hasta 570 euros al mes.

La reforma del subsidio amplía el universo de beneficiarios al incluir a nuevos colectivos e incrementa la cuantía que recibirán durante el primer año de prestación, al tiempo que permite compaginarla con un empleo, incluso a tiempo completo, durante 180 días.

Las nuevas cuantías por desempleo se elevarán 90 euros al mes los primeros seis meses, cuando se cobra el 95% del Iprem en lugar del 80% (570 euros según la referencia actual). Los siguientes seis meses se situará en el 90% del Iprem (540 euros mensuales) y a partir del año, el 80% (480 euros).

Los nuevos colectivos que podrán acceder ahora al subsidio son las mujeres víctimas de violencia de género o sexual a partir de los 16 años, los emigrantes que vuelven a casa tras una experiencia en el extranjero, los menores de 45 años sin cargas familiares, los eventuales agrarios de toda España y los marroquíes que se desplazan a diario a trabajar a Ceuta y Melilla, lo que elevará su número en cientos de miles.

Además, se permite que las personas con menos de 12 meses cotizados puedan recibir el subsidio, se elimina el mes de espera para poder cobrarlo y se simplifican y agilizan los trámites administrativos para acceder.

Fuente: hoy.es

La ley deja desheredar a un hijo por estos motivos

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Los hijos tienen derecho a recibir una parte de la herencia. Si el padre fallecido no ha dejado testamento expreso sus últimas voluntades, la herencia se repartirá entre sus herederos forzosos que según el artículo 807 del Código Civil son:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda

Si se ha otorgado testamento, el patrimonio se divide en tercios. El primero, conocido como la parte legítima, se reparte entre los herederos forzosos, detallados más arriba, en este caso los hijos. El segundo tercio, es el de mejora, que se puede repartir como se quiera entre los hijos y descendientes. Y el último tercio, el de libre disposición, puede repartirse de la forma en que se quiera, incluso dejando parte del patrimonio a personas que no tendrían que heredar por ley.

Para desheredar a un hijo hay que expresarlo por escrito en el testamento y para que se lleve a cabo, debe darse alguna de las situaciones que el Código Civil prevé en los artículos 756 y 853 y que son motivos de desheredación: 

  • Estar condenado por atentar contra la vida del padre, causarle lesiones graves o ejercer violencia física o psíquica. 
  • Haber cometido delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual
  • Cometer un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia.
  • Poner una denuncia falsa a al padre acusándole de un delito grave.
  • No denunciar el fallecimiento por muerte violenta del padre
  • Coaccionar, con amenazas, fraude o violencia, a que se haga testamento o lo modifique 
  • Impedir que se realice o modifique testamento
  • No prestar las atenciones debidas al progenitor en el caso de que sea una persona con discapacidad. 
  • Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos.
  • Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Además, también es motivo para desheredar a un hijo el maltrato psicológico, instalarse a la fuerza en la vivienda o hacer operaciones en la cuenta bancaria sin su permiso.

Fuente: noticiastrabajo.huffingtonpost.es

El 38% de las pymes asegura que su situación ha empeorado en los últimos 12 meses

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Según un informe de la Confederación Española de Sociedades de Garantía, un 38% de las pymes asegura que su situación ha empeorado en los últimos 12 meses y cerca de 135.700 se considera vulnerable.

Sólo un 17,8% de las pymes afirma estar en situación de crecimiento y de mejora financiera y un 32,2% dice estar en una posición estable, de manera que la mitad de esta clase de tejido productivo, que representa al 90% del conjunto de las compañías españolas atraviesa por dificultades y afronta un futuro más que incierto.

Cerca de 2 millones de empresas necesitaron financiación en 2023. Esta necesidad de recabar recursos ajenos y de contar con apoyo externo es particularmente penoso en los actuales momentos.

A pesar de todo, y en relación con la evolución de ciertos factores clave para medir la competitividad, en 2023 se ha elevado el porcentaje de pymes que vende en mercados extranjeros, confirmándose de esta manera la recuperación de la base exportadora de pymes tras la pandemia.

En relación al mercado laboral, las perspectivas son muy moderadas, pues un 84,5% de las pymes considera que no aumentará su plantilla y que el empleo permanecerá estable en los próximos doce meses, mientras que tan sólo un 10,8% afirma que creará puestos de trabajo.

Para financiarse las pymes optaron en 2023 por el préstamo bancario (20%), las líneas ICO (20,1%) y las líneas de crédito (18,6%), siendo la Hostelería y restauración; y Comercio, talleres y servicios personales los que han tenido mayores necesidades de financiación. 

Fuente: okdario.com

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