Permisos retribuidos y permisos no retribuidos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores

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En España, los trabajadores tienen una serie de permisos retribuidos y no retribuidos reconocidos por el Estatuto de los Trabajadores, además de los que pueda añadir el convenio colectivo o la empresa.

PERMISOS RETRIBUIDOS (se cobran)

El trabajador mantiene su salario durante estos permisos.

1. Fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar

  • 2 días (ampliable a 4 días si es necesario desplazamiento)
  • Familiares hasta 2º grado (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros, cuñados).

2. Matrimonio del trabajador

  • 15 días naturales

3. Matrimonio o pareja de hecho de un familiar de 1º grado

(depende del convenio)

4. Nacimiento, adopción o acogida

  • Correspondientes a la suspensión por maternidad/paternidad (desde 2021, ambos 16 semanas).
  • Además, suelen existir permisos cortos inmediatos tras el nacimiento (según convenio).

5. Mudanza de domicilio habitual

  • 1 día (puede variar según convenio)

6. Deber inexcusable de carácter público o personal

(Ej. ser miembro de una mesa electoral, citación judicial…)

  • El tiempo indispensable

7. Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto

  • Durante el tiempo necesario

8. Lactancia

  • 1 hora al día hasta los 9 meses del bebé
  • Puede acumularse en jornadas completas según convenio

9. Asistencia a tutorías escolares de hijos menores

  • Algunos convenios dan permisos retribuidos para ello

10. Representación sindical o de trabajadores

  • Las horas marcadas por ley según el tamaño de la empresa

PERMISOS NO RETRIBUIDOS

No se cobra el salario, salvo que el convenio diga lo contrario.

1. Reducción de jornada por cuidado de hijos, discapacitados o familiares

  • Se reduce el salario proporcionalmente
  • Hasta los 12 años del menor
  • También para cuidado de familiar hasta 2º grado

2. Excedencia por cuidado de hijos

  • Hasta 3 años por cada hijo
  • Reserva del puesto el primer año (más según casos)

3. Excedencia por cuidado de familiar

  • Hasta 2 años

4. Excedencia voluntaria

  • Entre 4 meses y 5 años
  • No retribuida
  • No garantiza volver al mismo puesto, solo preferencia para reincorporación

PERMISOS RELACIONADOS CON SALUD

Baja médica por enfermedad o accidente (IT)

  • No es un permiso, sino una incapacidad temporal
  • Se cobra según bases y porcentajes legales

Baja por embarazo de riesgo o lactancia de riesgo

  • Protección especial y remunerada por Seguridad Social

Los nuevos puestos de trabajo están relacionados con las energías renovables

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El futuro de la creación de empleo se centrará en los perfiles relacionados con las energías renovables, la gestión de recursos y el reskilling de los trabajadores. En España, la demanda de empleos verdes crecerá un 38% para 2030, pero podría haber un déficit de 42,600 empleos si no se toman las medidas adecuadas. A nivel mundial, el sector energético podría generar ocho millones de nuevos empleos.

El crecimiento en empleos verdes estará impulsado por iniciativas globales como los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU y la Agenda 2030. Las energías renovables compensarán los empleos perdidos en combustibles fósiles, pero se necesitará un esfuerzo considerable para reciclar a los trabajadores y cubrir la demanda de profesionales especializados.

Los sectores que más empleo verde generarán incluyen energías limpias (eólica, solar, hidroeléctrica), biocombustibles, gestión de recursos y residuos, agricultura ecológica y tecnología verde. Se requiere una mayor colaboración entre instituciones educativas y empresas para formar a los nuevos profesionales. En Formación Profesional y universidades, ya se están introduciendo módulos y grados especializados en estas áreas.

Cinco ecosistemas clave para el empleo verde incluyen:

  1. Captura y utilización del carbono.
  2. Sector del hidrógeno.
  3. Vehículos eléctricos.
  4. Eficiencia energética.
  5. Red eléctrica.

Las universidades juegan un papel crucial en la formación en sostenibilidad, ofreciendo másteres y programas de posgrado en áreas relacionadas con la transición energética y la economía verde: estrategias para el desarrollo, restauración de ecosistemas, biología de la conservación, biotecnología ambiental e industrial, y geología ambiental.

Las empresas españolas también están avanzando en sostenibilidad. Un alto porcentaje de compañías lleva a cabo acciones para cumplir con los ODS, aunque aún queda trabajo por hacer en la implementación de estrategias de sostenibilidad.

Fuente: elpais.com

¿Quieres jubilarte? Esto es lo que tienes que hacer

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La jubilación no llega sola… Requiere planificación, trámites y decisiones importantes.
Si estás pensando en dar ese paso, aquí te explicamos qué debes hacer para hacerlo con tranquilidad.

Comprueba tu edad y cotización

Antes de nada, asegúrate de cumplir los requisitos legales:

  • En 2025, la edad ordinaria de jubilación es 66 años y 6 meses, salvo que tengas 38 años o más cotizados, en cuyo caso puedes jubilarte a los 65 años.
  • Puedes consultar tus cotizaciones en la Seguridad Social (Import@ss) o en tu vida laboral.

Calcula tu pensión

Revisa cuántos años tienes cotizados y con qué base.
La cuantía de la pensión se calcula sobre las bases de cotización de los últimos 25 años.
Puedes hacer una simulación en línea en el portal de la Seguridad Social para saber cuánto te corresponde.

Prepara la documentación

Ten a mano:

  • DNI o NIE
  • Número de la Seguridad Social
  • Certificado de empresa (si trabajas por cuenta ajena)
  • Justificante de cotizaciones (si eres autónomo)

Si has trabajado en el extranjero, es importante reunir también tus cotizaciones fuera de España.

Solicita la jubilación

Puedes hacerlo de tres maneras:

  • Online, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Presencialmente, en un CAISS (pidiendo cita previa).
  • O con la ayuda de una gestoría o asesoría especializada que te guíe en todo el proceso.

Espera la resolución

La Seguridad Social suele tardar entre 20 y 45 días en resolver la solicitud. Una vez aprobada, comenzarás a cobrar tu pensión en la fecha establecida.

Consejo extra:

Planifica tu jubilación con tiempo.
Consulta con profesionales para aprovechar bonificaciones, anticipar trámites y evitar errores.

Revisar, calcular, preparar, solicitar y confirmar.
Así de claro, así de sencillo si lo haces con información y apoyo.

Te ayudamos a tramitar tu jubilación paso a paso, sin estrés y con todas las garantías.

Contáctanos y empieza tu nueva etapa con la tranquilidad que mereces.

¿Quieres solicitar un vado? Estos son los trámites para solicitar un vado permanente

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Presentar la solicitud al ayuntamiento

Debes dirigirte al Ayuntamiento del municipio donde se encuentra el inmueble.
Normalmente puedes hacerlo:

  • Presencialmente en la oficina de urbanismo o movilidad.
  • O de forma telemática, a través de la sede electrónica municipal.

Documentos habituales:

  • DNI/NIF del solicitante.
  • Escritura o contrato de propiedad del inmueble o local.
  • Plano o croquis de la entrada y su ubicación exacta.
  • Fotografías del acceso.
  • Licencia de ocupación o actividad (si es un negocio).
  • En algunos casos, autorización de la comunidad de propietarios.

Pago de la tasa municipal

El vado implica una ocupación del dominio público, así que hay que pagar una tasa anual.
El ayuntamiento calculará el importe según:

  • Los metros de acera ocupados.
  • La ubicación (zona urbana o periférica).
  • El tipo de uso (residencial, comercial, etc.).

Inspección técnica

Un técnico municipal suele acudir al lugar para:

  • Verificar que el acceso es viable.
  • Comprobar que no interfiere con servicios públicos, pasos de peatones o mobiliario urbano.

Resolución de la licencia

Si el informe técnico es favorable, el ayuntamiento emite la licencia de vado permanente, que autoriza la reserva de espacio frente a la entrada.
Recibirás un número de expediente o placa de vado.

Colocación de la placa de vado

  • Se debe colocar una placa oficial homologada con el número de autorización.
  • La señal prohíbe el estacionamiento frente a la entrada.
  • Debe mantenerse visible y en buen estado.

Renovación y mantenimiento

  • El vado se renueva anualmente pagando la tasa correspondiente.
  • Si se modifica el acceso, cambia el titular o se deja de usar, hay que comunicarlo al ayuntamiento.

Importante:

  • Estacionar frente a un vado está prohibido incluso por el propietario, salvo que el vehículo esté dentro del garaje.
  • Colocar una placa sin autorización municipal puede acarrear multas.

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