Diferentes roles de un autónomo dentro de la empresa

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Los autónomos pueden asumir distintos roles directivos en su empresa, cada uno con sus responsabilidades y ámbitos de actuación.

  • CEO, es el máximo responsable, es el director general y representa el nivel más alto de liderazgo en una empresa. Entre sus responsabilidades está la toma de decisiones estratégicas y el liderazgo del negocio.
  • Gerente, es el organizador, supervisa áreas o departamentos específicos asegurando su eficiencia operativa. Esta figura es común en empresas tradicionales como en nuevas sociedades.
  • Administrador, es el gestor diario, se encarga de la gestión cotidiana y el papeleo de la empresa.
  • Director Ejecutivo, se centra en decisiones empresariales prácticas y directas. Su enfoque es más operativo que estratégico.

Un autónomo puede elegir cualquier cargo que refleje su rol en la empresa. Se trata de una elección personal y depende de las actividades que el empresario realice en su negocio.

Además, un autónomo que dirige su propia empresa debe estar constantemente actualizado en las últimas tendencias del mercado, y posibles cambios en la legislación que puedan afectar a su negocio.

También es importante desarrollar habilidades de networking y relaciones públicas, construir una red de contactos sólida puede abrir nuevas oportunidades de negocio, colaboraciones y alianzas estratégicas.

El autónomo societario debe ser un líder versátil, capaz de adaptarse a un entorno cambiante, comprometido con el aprendizaje continuo y consciente de su impacto en la sociedad y el medio ambiente.

Fuente: cincodias.elpais.com

Requisitos para que un autónomo contrate a un familiar como asalariado

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Sobre este tema suele haber mucha confusión ya que a menudo, existen dudas con respecto al tipo de contratación que deben tener los diferentes miembros del equipo.

No hay una única posibilidad y es factible tener en cuenta diferentes tipos de contrato para un familiar en la empresa.

Te todas formas es fundamental conocer los requisitos que se exigen para cada tipo de contrato ya que así estaremos cumpliendo la ley.

Requisitos que deberán acreditarse en caso de ser necesario:

  1. Es fundamental y muy aconsejable poder demostrar que no existe ningún tipo de dependencia entre el autónomo, es decir, el empresario, y el familiar al que está contratando por cuenta ajena. Básicamente demostrar que se tienen planes de vida diferenciados, y no se convive ni se comparte una cuenta bancaria en común.
  2. Al familiar contratado por cuenta ajena se le debe proporcionar un salario que sea, como mínimo, el que establezca el convenio colectivo pertinente. Si se le pagase menos, por ejemplo, se podría considerar que la relación profesional es bastante estrecha, y que los riesgos que la empresa tome son también responsabilidad del trabajador por cuenta ajena, cuando esto nunca debe ser así.

Existe una excepción a estos requisitos para poder contratar a un familiar por cuenta ajena. Esta es la de tener absolutamente permitido contratar a un hijo, cuando se es menor de 30 años o bien cuando se tiene algunas dificultades de inserción, como puede ser una discapacidad.

Además, se debe realizar una declaración por parte del familiar contratado y por el empresario en la que se tienen que hacer constar la condición de familiar como empleado por cuenta ajena.

En caso de no cumplir con los requisitos, existe una figura legal que es la del autónomo colaborador. Para esto las condiciones son:

  1. Ser familiar directo del dueño del proyecto
  2. Es conveniente que el autónomo colaborador viva en el mismo domicilio que el que le contrata.

Este tipo de contrato puede tener una posible bonificación que ese puede obtener en el pago de la cuota de la Seguridad Social. La única norma es que el familiar autónomo no debe haber estado dado de alta en los cinco años inmediatamente anteriores en este mismo régimen.

Fuente: cincodias.elpais.com

Este 2024, será el año de la adaptación hacia empleos más modernos

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ManpowerGroup identifica 14 tendencias que ya están afectando a empresas y profesionales. Estas tendencias surgen de los cambios demográficos, los avances tecnológicos, los motores de competitividad y las preferencias individuales.

Si las empresas quieren atraer y fidelizar al mejor talento deben estar preparadas para dar respuesta a un mundo en constante cambio. Sin duda la adaptación se ha convertido en uno de los activos más valiosos tanto para las empresas, como para los profesionales.

En el informe de ManpowerGroup “2024, el año de la adaptación: hacia un empleo moderno y sostenible” se identifican las 14 tendencias que más impacto tendrán en compañías y trabajadores, con el objetivo de proporcionar orientación para afrontar los posibles desafíos y aprovechar oportunidades emergentes.

Según el informe, los roles tradicionales se reequilibran y se reinventan frente a unos cambios y oportunidades sin precedentes.

Los aspectos claves que se deben tener en cuenta son:

Cambios demográficos

La formación juega un papel clave para aprovechar el talento de los sénior.

El futuro del empleo lo impulsarán las mujeres.

Diversidad, igualdad e inclusión para la competitividad.

Un nuevo enfoque en los procesos de selección de profesionales.

Avances tecnológicos

Las personas deben dar forma a un uso responsable de la inteligencia artificial.

La IA, catalizadora de empleo.

Factores impulsores de productividad.

Motores de competitividad

Transición verde.

Líderes preparados.

Reorganización de las cadenas de suministros.

Equilibrio en los salarios.

Preferencias individuales

La consumerización del empleo.

La generación Z da forma a la cultura corporativa.

Experiencia de empleado a medida.

Fuente: equiposytalento.com

Riesgos y responsabilidades de la hipoteca inversa

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Este producto nació en la cicy londinense hace varias décadas. Una hipoteca inversa es la garantía que se ofrece con un inmueble, al importe recibido como préstamo por el propietario que lo solicita. Pero lo que la hace característica es que el dinero no solo podrá entregarse de una sola vez, sino también de forma periódica. 

Quien recibe lo prestado, deberá tener más de 65 años o un grado de discapacidad o dependencia determinado. Además, no se exigirá la devolución de lo prestado hasta que fallezca el deudor.

Hay tres características diferentes:

  1. Tiene que ver con las características de la persona.
  2. El dinero puede ser recibido periódicamente de manera diferida por cuotas o mensualidades.
  3. El importe prestado, más intereses, deberá ser devuelto tras el fallecimiento del deudor.

Es decir:

  • La deuda, contrariamente a la hipoteca convencional, no disminuye, sino que aumenta según pasa el tiempo (al capital concedido se le van aplicando intereses hasta su vencimiento calculado).
  • Si no se devuelve lo prestado (más sus intereses) hasta el fallecimiento del deudor, la deuda deberá ser abonada por los herederos.

La regulación de este producto es escasa y se observan riesgos asociados. Además, la ley 41/2007, de 7 de diciembre aclara que este tipo de hipotecas sólo podrán ser concedidas por entidades financieras de crédito y aseguradoras autorizados en España. Estamos ante un producto financiero y, en su comercialización es necesario seguir unos necesarios protocolos que aseguren la correcta información y conocimiento del contratante.

Fuente:cincodias.elpais.com

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